Accesibilidad rampa pendiente máxima
La pendiente máxima permitida para una rampa de accesibilidad varía según las normativas de cada país o región. En general, se recomienda que la pendiente máxima de una rampa de accesibilidad sea del 8.33% (1:12), lo que significa que por cada 12 metros de longitud horizontal, la rampa debe tener una elevación de 1 metro.
Sin embargo, en algunos casos se permite una pendiente de hasta el 10% (1:10) en rampas de accesibilidad, especialmente en situaciones donde el espacio es limitado y no es posible cumplir con la pendiente estándar del 8.33%.
Es importante tener en cuenta que una pendiente mayor a la recomendada puede dificultar el acceso a personas con movilidad reducida, como personas en sillas de ruedas o con dificultades para caminar. Por lo tanto, es fundamental cumplir con las normativas de accesibilidad vigentes en cada lugar para garantizar la accesibilidad de todas las personas.