Pendiente transversal máxima en recorridoa peatona
La pendiente transversal máxima en un recorrido peatonal se refiere a la inclinación máxima permitida en una acera o camino peatonal para garantizar la accesibilidad y seguridad de las personas que transitan por ella.
En general, las normativas y estándares de accesibilidad suelen establecer que la pendiente transversal máxima en un recorrido peatonal no debe superar el 2% o 3%, lo que significa que por cada metro de longitud, la altura máxima de la inclinación lateral no debe ser mayor a 2 o 3 centímetros respectivamente.
Es importante tener en cuenta que una pendiente transversal excesiva puede dificultar el desplazamiento de personas con movilidad reducida, como personas en sillas de ruedas, con andadores o con problemas de equilibrio. Por lo tanto, es fundamental cumplir con las normativas de accesibilidad para garantizar la comodidad y seguridad de todos los peatones.